Una nueva ley, publicada el jueves (20/10) en el Diario Oficial de España y oficialmente denominada Ley de la Memoria Democrática, recibe el apodo de “Ley de los Nietos” por muchos medios.
De hecho, la nueva legislación amplía el acceso a la nacionalidad española a miles de descendientes de españoles nacidos en el extranjero.
La norma amplía las condiciones estipuladas en la ley aprobada por España en 2007, que establecía la posibilidad de adquirir la nacionalidad para los hijos de madre o padre de origen español.
El beneficio también podría transmitirse a los nietos, siempre que fueran menores de edad.
Sin embargo, con este cambio también pueden beneficiarse los nietos mayores y familiares de víctimas de la Guerra Civil Española y del gobierno militar de Francisco Franco.
La nueva ley facilita la obtención del pasaporte español para tres colectivos:
- Hijos o nietos de personas nacidas en España que perdieron o tuvieron que renunciar a su nacionalidad española por motivos políticos, ideológicos, de creencias u orientación e identidad sexual;
- Hijos de mujeres españolas que perdieron su nacionalidad por casarse con extranjeros antes de la entrada en vigor de la Constitución de 1978;
- Hijos mayores de edad de padres españoles cuya nacionalidad haya sido reconocida al amparo de esta ley o de la disposición adicional séptima de la Ley 52/2007, de 26 de diciembre.
El documento precisa que este trámite deberá formalizarse dentro de los dos años siguientes a la entrada en vigor de la ley.
“Al finalizar este plazo, el Consejo de Ministros podrá acordar prorrogarlo por un año”, precisa el texto.
Sin período preparatorio
La nueva ley fue aprobada por el Senado español por 128 votos a favor, 113 en contra y 18 abstenciones.
Hasta su aprobación, los nietos de españoles cuyos padres, nacidos fuera de España, hubieran obtenido la nacionalidad tenían las siguientes restricciones de edad para acceder a la ciudadanía:
- Haber nacido antes de enero de 1985 y el padre o la madre, nacidos fuera de España, obtuvieron la nacionalidad española antes del nacimiento del hijo;
- Ser menor de 21 años y el padre o la madre, nacidos fuera de España, hayan adquirido la nacionalidad antes del nacimiento del hijo;
- Ser menor de 20 años y que el padre o la madre, nacidos fuera de España, hayan adquirido la nacionalidad después del nacimiento del hijo pero antes de que éste cumpla 18 años.
La prensa latinoamericana, como el diario argentino Clarín, señala que, a diferencia de la ley de 2007, que fijaba un plazo adicional para la tramitación de la nacionalidad española hasta que los organismos oficiales estén preparados para recibir nuevas solicitudes, esta ley ya no está en vigor. . crear cualquier tiempo de preparación para las partes interesadas.
Según expertos en inmigración, los países de los que se espera un mayor número de solicitudes de ciudadanía tras el cambio de legislación son Argentina, Cuba y México. Pero los brasileños que cumplan con los nuevos requisitos también pueden postularse.
La inmigración española a Brasil se produjo en diferentes momentos de la historia nacional, pero la ola principal se produjo a finales del siglo XIX y principios del XX.
Sin embargo, durante la década de 1930, con el estallido de la Guerra Civil Española, también aumentó la afluencia de españoles a Brasil, principalmente con la llegada de los derrotados por las fuerzas de Franco.
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